martes, 25 de octubre de 2011

Los músicos de Callejeros pueden quedar presos tras el fallo de Casación

El fallo de Casación complicó a la banda con la figura de incendio culposo y benefició al ex gerenciador de la disco del barrio porteño de Once, tras una cambio de carátula. Ahora, el Tribunal Oral deberá fijar las penas.
La causa Cromañón dio ayer un vuelco importante con la revisión de las penas anunciadas por la Cámara Nacional de Casación Penal que resolvió rebajar la calificación por la cual fue condenado Omar Chabán en 2009, complicó a todos los integrantes de Callejeros -que habían llegado absueltos – y empeoró la situación de los funcionarios del gobierno porteño encargados del control de los locales nocturnos.
La lectura del veredicto comenzó con casi dos horas de retraso en un recinto con presencia de familiares y con la ausencia de los imputados. En primer lugar, el Tribunal anunció la condena a todos los integrantes de la banda Callejeros por el delito de incendio culposo seguido de muerte y cohecho activo. Bajo la misma figura fue penado también el ex gerenciador de Cromañón, lo que implica una reducción de su condena, ya que la pena máxima para los delitos que se le imputan es de 11 años y actualmente está condenado a estrago doloso seguido de muerte, que tiene una pena de 20. Los integrantes de Callejeros, en cambio, enfrentan una posible condena a 11 años.
Al igual que Chabán, su ex mano derecha, Raúl Villarreal, y el manager Diego Algañaraz fueron condenados por el delito de incendio culposo seguido de muerte.
Por otro lado, la ex subsecretaria de Fiscalización y Control del gobierno porteño, Fabiana Fizsbin, y dos colaboradores de ella, Ana María Fernández y Gustavo Torres respectivamente, fueron condenados por los delitos de “omisión de los deberes de funcionario público con incendio culposo seguido de muerte”.
Además, el tribunal decidió liberar al tránsito público la calle Bartolomé Mitre y Ecuador, donde se encuentra el santuario que levantaron los familiares y amigos de las víctimas.
Ahora la causa volverá al Tribunal Oral en lo Criminal 24 (TOC 24), que deberá fijar las penas.
Actualmente, todos los condenados están en libertad por decisión de esos mismos jueces, que el 17 de agosto de 2009 dictaron -tras un año de juicio- la sentencia revisada por Casación.
Negligentes e imprudentes
En los fundamentos de la resolución de 1.250 páginas, el Tribunal interpretó que, tanto Chabán como Villarreal y Callejeros, actuaron con “negligencia” e “imprudencia”, pero nunca se imaginaron que podían causar una tragedia.
La camarista Liliana Catucci afirmó que “con sólo recordar que Chabán, Argañaraz, Villarreal y los demás integrantes del grupo Callejeros estaban presentes en el lugar, queda descartado de plano un quehacer doloso” y remarcó que “de lo contrario, ellos mismos hubieran sido las primeras víctimas”.
“Entiendo que este lamentable hecho es atribuíble, en primer término, a la negligencia e imprudencia de los organizadores del espectáculo, quienes violaron el deber de cuidado que debían observar”, sostuvo la jueza en su voto, similar al de su colega Ángela Ledesma.
Catucci recordó los incendios anteriores ocurridos en el local, los cuales fueron apagados por Chabán y sus empleados con una manguera y vasos, y entendió que la noche del 30 de diciembre de 2004, el ex gerenciador “confió en que. de producirse fuego por el uso de pirotecnia, iba a poder evitar que se propagara y generara un peligro común”.
Sobre Callejeros, Catucci dijo que “conocían la posibilidad de que se produjera un foco ígneo”, pero esto “no ha de tomarse como sinónimo de una actividad presidida por un elemento intencional”.
“No existen elementos para suponer que buscaban el resultado acaecido”, dijo la jueza y remarcó que “cobra relevancia el hecho de que ellos mismos, así como familiares y amigos de la banda, estaban presentes en el salón y algunos no salieron con vida”.

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